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En salud, una Constitución que nos una

Luego de que la propuesta de Constitución Política de la Convención Constituyente se rechazara en el plebiscito de septiembre del año 2022, se reinició el debate sobre que cuestiones eran las centrales de concordar en un nuevo proceso. Constituida la Comisión Experta, desde el aprendizaje sobre algunos factores que pudieran haber influido en el fracaso del proceso anterior y en plena discusión de las múltiples enmiendas, se buscaron acuerdos políticos que generaran los más amplios consensos.

En esa línea, exministros de diversos pensamientos, tales como María Soledad Barría, Begoña Yarza, Jaime Mañalich y Emilio Santelices, por citar a algunos, señalamos en ese entonces públicamente que los aspectos esenciales a considerar en salud en el actual proceso constituyente guardaban relación con consagrar a la protección a la salud «como un derecho humano fundamental y relevar el rol del Estado en garantizarlo, sin discriminación alguna, a través de acciones universales de promoción, fomento, prevención, recuperación y rehabilitación, correspondiéndole la rectoría de dichas acciones, asegurando su accesibilidad, oportunidad, calidad y protección financiera según lo determine la ley».

Así mismo, se señaló que «la forma en que se financia se organiza y se estructura la prestación pública y privada de servicios de atención, debe quedar sujeta a futuras legislaciones. La posibilidad de elegir prestadores públicos o privados, lo que es valorado por amplios sectores de chilenos, no debe implicar como consecuencia establecer a nivel constitucional la perpetuación de una inequitativa segmentación y desigualdad…». Lo que justamente se quiso evitar, es que el tema del financiamiento, donde reside la principal controversia se transformara en una suerte de piedra de tope que hiciera inviable una propuesta concordada. La Comisión Experta mantuvo lo señalado por la Constitución del año ’80, en lo que se refiere a que es un «deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, a través de instituciones estatales o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley», dejando abierta a futuras legislaciones las materias relacionadas con el financiamiento de la salud.

Por otra parte, la Comisión Experta propuso interesantes avances al considerar en el derecho a la protección de la salud las dimensiones bio y psico sociales y al hacer presente que al Estado en su responsabilidad de coordinación y control de las acciones de salud, debe además asegurar «su disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, abordando sus determinantes sociales y ambientales, de conformidad a la ley». La propuesta de la Comisión Experta, sin duda, no deja a todos contentos, pero sí claramente se acerca a «una que nos una». Hasta ahí parecía que íbamos bien. Allí estaba lo esencial, al menos lo que generaba consenso en las distintas fuerzas políticas.

El problema es que, a través de recientes indicaciones, se quiere retrotraer esos pequeños avances e incluso ir más atrás que la Constitución del ’80, dejando nuevos y mayores cerrojos en ámbitos donde para nada hay acuerdos. Ya se ha dicho que culturalmente está fuertemente arraigado en la población el poder escoger prestador de salud. Prueba de ello es que cinco millones de personas afiliadas a Fonasa utilizan la modalidad de libre elección.

De hecho, actualmente hay más posibilidad de optar por prestador en Fonasa que en las isapre, ya que la mayoría de los planes de estas últimas restringen en la práctica fuertemente la posibilidad de escoger prestador. El tema de discusión no reside allí, sino en querer constitucionalizar el modelo de isapre, que ya ha demostrado que es deficiente.

Hay múltiples ejemplos en el mundo de prestación mixta donde el financiamiento es exclusivamente por impuestos generales o por mixturas de cotizaciones e impuestos, donde los arreglos son legislativos ya que tratan de aspectos operacionales e instrumentales que son cambiantes y dinámicos. Es así que constantemente vemos en el mundo reformas en el ámbito del financiamiento de la salud, ejemplo de ello han sido España, Corea del Sur y aquí más cerca, Uruguay; que han realizado dichos cambios vía legislativa.

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Dejar amarrado una fórmula instrumental en la Constitución, además de ser un desacierto técnico, sólo conlleva desunión. De prosperar estas indicaciones que no van en el camino del acuerdo, es evidente que no quedará otra salida que votar en contra en el plebiscito de salida de diciembre. Si fue un error en el anterior proceso el proponer una propuesta que no fuera el resultado de amplios acuerdos, ahora repetir ello sería un error aún más grave, ya que nos empuja a todos a tropezar en la misma piedra. Equivocarse una vez es una lástima, hacerlo por segunda vez ya es tontera.

Osvaldo Enrique Artaza Barrios, nació en Chillán el 5 de junio de 1955. Médico cirujano, académico y político democratacristiano chileno, ex ministro de Estado del presidente Ricardo Lagos.

1 comentario
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